viernes, 7 febrero, 2025
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La DAIA celebró la media sanción en Diputados al juicio en ausencia

La Cámara de Diputados cerró la primera sesión del año con la aprobación del proyecto de juicio en ausencia, presentado por el Ministerio de Justicia. De esta manera, el oficialismo selló la tercera victoria legislativa del día, tras el visto bueno que había recibido también la suspensión de las PASO.

El proyecto, que recibió 147 votos a favor, 68 negativos y 9 abstenciones, tiene como principal objetivo juzgar a las personas señaladas como las responsables del atentado a la mutual judía de la AMIA de 1994.

«Una vez concretada la media sanción, la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) celebró la «jornada histórica», donde detallaron: «La DAIA, que en el pasado presentó su propio proyecto haciéndose eco del sentir y del reclamo de justicia de los que desde hace muchos años propiciaban su tratamiento, expresa su reconocimiento a los legisladores que votaron en el recinto para dar este trascendental paso, y a todas las personas e instituciones que aportaron su esfuerzo en pos de este logro«.

«Asimismo, la entidad manifiesta su agradecimiento a los familiares de las víctimas del atentado perpetrado contra la sede de la AMIA-DAIA, a los organismos del Estado nacional, a los legisladores mandato cumplido autores de iniciativas semejantes, mandatarios provinciales, colegios públicos de la abogacía de diferentes ciudades del país, magistrados judiciales que se manifestaron a favor del juicio en ausencia en sus sentencias, juristas y a todos los que promovieron un debate enriquecedor que nutrió la encomiable labor de los Diputados de la Nación», agregaron.

Por último, auguraron por la aprobación definitiva del proyecto, para que «una vez sancionada la Ley de Juicio en Ausencia pueda avanzarse en el juzgamiento de los presuntos autores intelectuales del atentado a la sede de la AMIA-DAIA, hacerse justicia y terminar con la impunidad».

Juicio en ausencia: en qué consiste la iniciativa del Gobierno

La iniciativa presentada por el oficialismo propone modificar el Código Procesal Penal, aprobado por Ley Nº 23.984, y el Código Procesal Penal Federal, para poder juzgar a imputados que no se encuentran presente en el proceso.

Este criterio de juzgamiento será válido para delitos de lesa humanidad, terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. Tal como sostuvo Cúneo Libarona, el principal objetivo del Gobierno es juzgar a los libaneses y iraníes que se encuentran prófugos en la causa por el atentado a la AMIA, que dejó 85 muertos.

«La regulación actual del proceso penal no admite arribar a una decisión definitiva si el imputado se encuentra ausente. Esto es particularmente problemático en casos de graves violaciones a los derechos humanos ante los cuales la sociedad tiene un interés legítimo e irrenunciable en conocer la verdad«, señalan los fundamentos del proyecto.

El juicio en ausencia sólo podrá ser llevado a cabo en causas que cumplan con una serie de requisitos. En primer lugar, el imputado debe ser declarado rebelde, es decir «conociendo la existencia del proceso en su contra no se presentare, no respondiere, no acatare o eludiere los requerimientos de la autoridad judicial«.

También si «se hubieren hecho intentos razonables por tenerlo a derecho» durante cuatro meses «desde el dictado de una orden de captura nacional o internacional», sin poder dar con su paradero.

Cómo será el proceso de juicio en ausencia

Según precisa el proyecto presentado por el oficialismo, el juicio en ausencia contempla que «en cualquier etapa del proceso el imputado podrá designar un defensor de su confianza. Durante el proceso en ausencia no será requerida la presencia del imputado para ningún acto procesal. Los derechos conferidos al imputado por este Código y por otras leyes aplicables serán ejercidos por su defensor».

Además, garantiza que si «el imputado sometido a un proceso en ausencia que se presentare durante la realización del debate tendrá derecho a ser oído«.

Por último, la iniciativa establece que para todo juicio en ausencia, el imputado tendrá un plazo de diez días para solicitar la realización de un nuevo juicio una vez conocida la sentencia condenatoria únicamente «si no hubiere tomado conocimiento del proceso en su contra» o si «no hubiere concurrido a la citación del tribunal debido a un grave y legítimo impedimento».

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