No la sacó barata Ángel Correa. El delantero argentino, expulsado en el último compromiso de Atlético de Madrid, ante Getafe, que terminó con derrota 1-2 para los dirigidos por Cholo Simeone, insultó visiblemente al árbitro antes de retirarse a los vestuarios. La situación, tomada por las cámaras de la transmisión oficial, tampoco pasó inadvertida para el colegiado, Guillermo Cuadra Fernández, que pasó un duro informe de lo sucedido. Este miércoles, el Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) dio a conocer que Correa fue sancionado con cinco partidos de suspensión.
Todo se desencadenó tras una dura entrada del futbolista rosarino sobre Djené Dakonam que le reportó una amonestación. Sin embargo, el VAR llamó al referí para que analizara la acción por posibilidad de tarjeta roja. Tras ver las imágenes, Cuadra Fernández expulsó a Correa. Y, según recogió el acto arbitral, profirió insultos al colegiado mientras abandonaba el campo.
Por estos motivos, Competición procedió a sancionar al argentino con un partido por su roja directa, y cuatro más “por insultos, ofensas verbales y actitudes injuriosas” a un miembro del equipo arbitral, el menor castigo de los posibles, que oscilaban entre este número y un máximo de 12.
De este modo, Correa no podrá jugar el fin de semana que viene ante el FC Barcelona, el RCD Espanyol, el duelo de vuelta de las semifinales de la Copa del Rey ante el conjunto blaugrana (por ser una sanción de cuatro o más partidos), Sevilla FC y Real Valladolid. Salvo que el Atlético de Madrid elimine al Real Madrid en los octavos de final de la Liga de Campeones, el sudamericano estaría sin jugar más de un mes.
El club colchonero presentó alegaciones ante Competición para dejar sin efectos la tarjeta roja, advirtiendo que el jugador “no fue merecedor de la expulsión” por la existencia de error material “manifiesto” al considerar que la entrada no fue “con uso de fuerza excesiva”, mientras que apuntó que sus palabras ofensivas debían de tratarse “como menosprecio” y que se tenía que aplicar también “la circunstancia atenuante de arrepentimiento espontáneo” ya que el delantero se disculpó tras el encuentro.
En este sentido, el organismo desestimó el primer recurso aclarando que el Atlético no presentó “elemento probatorio alguno” para demostrar que hubiese el mencionado error manifiesto, y también hizo caso omiso del segundo porque las expresiones recogidas “constituyen claramente una infracción del artículo 99 del Código Disciplinario de la RFEF”.
“En este orden de cosas, no pueden tener acogida, a los pretendidos efectos exculpatorios o atenuantes de responsabilidad, las razones que se esgrimen a la hora de tratar de justificar el reprochable comportamiento del jugador, por más que el resultado o el devenir de un encuentro pueda provocar, como se dice en el escrito de alegaciones, que, amén de la conveniencia de que tales emociones deban ser evitadas o controladas, nunca pueden justificar la cadena de graves expresiones dirigidas al árbitro como las reflejadas en el acta arbitral, ni ninguna otra falta de respeto hacia la persona y hacia la autoridad que representa el equipo arbitral”, recalcó Competición.
Igualmente, pese a que calificaron de “loable” las disculpas de Ángel Correa en las redes sociales, “en modo alguno pueden tener en sentido estricto la consideración y los pretendidos efectos del arrepentimiento espontáneo como circunstancia atenuante”, remarcando que ya había decidido “motu proprio imponer la sanción mínima de suspensión”.
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