domingo, 29 marzo, 2026
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Nueva York revierte millonaria condena contra Argentina por YPF

En un giro significativo para el extenso litigio, la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de los Estados Unidos anuló la histórica condena por 16.000 millones de dólares que pesaba sobre la República Argentina. El tribunal superior determinó que la jueza federal Loretta Preska cometió errores en la aplicación del derecho argentino al momento de emitir su fallo en favor de los fondos Petersen y Burford Capital.

Un análisis bajo la ley argentina

La característica central del caso es que, si bien se tramitó en cortes estadounidenses, el derecho aplicable es el argentino. La Cámara de Apelaciones realizó un análisis exhaustivo de la legislación local, centrándose en dos pilares fundamentales: el derecho societario y las facultades expropiatorias del Estado.

El error en la interpretación societaria

Según el fallo, los demandantes no siguieron el procedimiento correcto establecido por la Ley de Sociedades Comerciales de Argentina. La Cámara sostuvo que el estatuto de YPF no constituye un contrato bilateral entre accionistas, sino un acuerdo multilateral para regir el funcionamiento de la sociedad. Por lo tanto, los fondos no tenían derecho a reclamar directamente contra el Estado argentino, otro accionista, sin haber impugnado previamente la asamblea que avaló la expropiación.

La primacía de la potestad expropiatoria

El tribunal también reconoció la facultad soberana del Estado argentino para expropiar, regulada por la Constitución Nacional y la ley específica. Argumentó que un contrato societario no puede estar por encima de esta potestad pública. Además, señaló que una condena de tal magnitud por un tribunal extranjero podría condicionar indebidamente el ejercicio de una atribución esencial del Estado.

Consecuencias y contexto del fallo

La decisión revierte una sentencia que había generado una enorme presión financiera sobre el país. El litigio se originó tras la decisión del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner de nacionalizar el 51% de las acciones de YPF en 2012, compradas a la española Repsol.

Los fondos de inversión, que habían adquirido bonos y acciones de YPF, argumentaron que la expropiación violó el estatuto de la compañía al no realizar una oferta pública de compra por las acciones restantes. La jueza Preska había dado la razón a este planteo en 2023, en una sentencia considerada desproporcionada por las autoridades argentinas.

La defensa del Estado argentino, mantenida a lo largo de tres administraciones de distintos signos políticos, argumentó consistentemente la legalidad de la expropiación y la improcedencia de la demanda directa. El fallo de la Cámara valida esta postura jurídica, aunque el caso podría aún ser llevado a la Corte Suprema de los Estados Unidos por los demandantes.

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