El máximo tribunal nacional rechazó la demanda de un gremio judicial y dejó sin efecto el fallo que declaraba inconstitucional la ley que amplía de cinco a nueve los miembros del TSJ santacruceño.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este jueves a favor de la postura del Gobierno de Santa Cruz y habilitó definitivamente la ampliación del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz de cinco a nueve integrantes. Con esta decisión, el máximo tribunal del país dejó sin efecto la sentencia que había declarado inconstitucional la ley provincial 3949 y rechazó la demanda promovida por la Asociación Gremial de Empleados Judiciales.
El fallo representa un fuerte respaldo institucional para la administración provincial, que había defendido la constitucionalidad de la reforma impulsada por la Legislatura santacruceña en agosto de 2025. La norma modificó el artículo 24 de la Ley Orgánica de la Justicia y amplió la integración del máximo órgano judicial de la provincia de cinco a nueve vocales.
En su resolución, la Corte Suprema consideró que la asociación gremial no tenía legitimación suficiente para impulsar la acción de inconstitucionalidad, al entender que no acreditó una afectación concreta, directa e inmediata sobre los derechos laborales de los trabajadores judiciales. Los jueces sostuvieron que el planteo presentado por el gremio no perseguía la defensa de intereses laborales específicos, sino un cuestionamiento general vinculado a la organización institucional del Poder Judicial.
La decisión de la Corte revocó íntegramente el fallo del Tribunal Superior de Justicia provincial que había declarado inconstitucional la ley 3949 por considerarla irrazonable y contraria al principio de independencia judicial. Además, el máximo tribunal nacional sostuvo que los argumentos utilizados por la justicia santacruceña eran “dogmáticos” y carecían de fundamentos suficientes para sostener la legitimación del gremio demandante.
Con la sentencia ya firme, el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz quedará integrado por nueve miembros, tal como establece la ley impulsada por el oficialismo provincial. La Corte también aclaró que no existen impedimentos para que los jueces designados asuman sus cargos de manera inmediata, una vez cumplidos los requisitos formales correspondientes.
