El Ente Nacional de Comunicaciones autorizó a Starlink Argentina S.R.L. a operar en frecuencias no atribuidas al Servicio Fijo por Satélite, bajo condiciones técnicas y normativas específicas.
El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) autorizó con carácter de excepción a Starlink Argentina S.R.L. a operar en segmentos de frecuencias solicitados que aún no están atribuidos al Servicio Fijo por Satélite en la República Argentina. La medida consta en la Resolución Sintetizada 372/2026, la cual lleva la firma del interventor del organismo, Juan Martín Ozores, dentro del expediente EX-2025-139631951-APN-DGDYD#JGM.
El texto oficial condiciona la autorización al cumplimiento de exigencias técnicas específicas bajo apercibimiento de caducidad. Starlink Argentina S.R.L. debe adecuar sus operaciones a las futuras recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). La firma privada también debe subordinarse a toda normativa que el Estado desarrolle en el futuro para este sector.
Las estaciones autorizadas tienen la prohibición de producir interferencias perjudiciales a otros sistemas que operen bajo la normativa internacional vigente. El documento público prohíbe a la compañía reclamar protección frente a interferencias causadas por esos servicios.
Las emisiones de la firma deben cumplir de forma estricta con los límites de Radiaciones No Ionizantes (RNI). El ENACOM obliga a la empresa a adoptar medidas de protección para el servicio de radioastronomía en las bandas alcanzadas por esta autorización.
La protección de servicios con atribuciones primarias o secundarias debe ajustarse al Reglamento de Radiocomunicaciones, las recomendaciones de la UIT y de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL). El organismo regulador responsabiliza a los permisionarios del Servicio Fijo por Satélite por la resolución de los conflictos técnicos ante eventuales reclamos por interferencias de usuarios.
La autorización excepcional rige de forma exclusiva para los sitios y parámetros técnicos analizados en el expediente. Cualquier modificación de las ubicaciones de las estaciones terrenas requiere un nuevo estudio de compatibilidad electromagnética. El ENACOM notificó la medida a la empresa y ordenó la publicación del extracto en el Boletín Oficial.
