A partir del 1 de julio, la AFIP subió un 41% los topes de facturación de cada categoría.
06/07/2023 10:17
Clarín.com Economía Actualizado al 06/07/2023 10:17
A partir del 1 de julio la AFIP habilitó el sistema para que los monotributistas puedan recategorizarse teniendo en cuenta las nuevas escalas, que implican un incremento del 41% en la facturación de cada categoría.
Para verificar si están alcanzados, los monotributistas deben ingresar a la página de la AFIP con su CUIT y clave fiscal. Si los ingresos superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.
Hay tiempo hasta el 20 de julio para hacer el trámite y el pago del componente impositivo debe realizarse ese día.
Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.
Los nuevos topes de facturación por categoría a tener en cuenta son los siguientes:
Como parte del alivio fiscal para pequeños contribuyentes y autónomos, los contribuyentes de las categorías A y B están exentos del pago del componente impositivo de la obligación mensual, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo, es decir, siempre y cuando no tengan un trabajo en relación de dependencia ni cobren una jubilación, estén inscriptos en el Régimen General, como IVA exentos, ejerciendo el rol de directores o administradores de sociedades y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres. Este beneficio continúa vigente.
Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses; si hubo cambios en los ingresos, alquileres y demás.
¿Cómo evaluar en qué categoría de monotributo debo anotarme?
Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, hay que considerar los siguientes parámetros en relación a los últimos 12 meses:
Los ingresos brutos acumulados La energía eléctrica consumida Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad. Luego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.
Recategorización del Monotributo: paso a paso
Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal. Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría. Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “confirmar categoría”. Luego, imprimir la nueva credencial. La opción «Recategorización» sólo se encontrará disponible desde el día 1 hasta el día 20 de julio. NE