El Ministerio de Justicia auditará 22.500 expedientes administrativos. La revisión responde a irregularidades detectadas. Qué pasa con las pensiones y los bonos ya otorgados.
El Ministerio de Justicia anunció que frenará por 180 días el pago de las reparaciones a las víctimas del terrorismo de Estado, hasta que el resultado de una auditoría -sobre 22.500 expedientes en trámite– confirme que fueron bien otorgadas. Según cifras oficiales, el promedio de cada juicio es de $85 millones.
¿Cuál es el alcance de la medida? ¿Incluye a las pensiones? ¿Qué pasa con quienes cobraron el bono y ya no lo tienen en su poder? ¿Cómo se distingue un título otorgado por reparación de otros bonos del Tesoro?
Leé también: El Gobierno suspenderá el pago de las indemnizaciones a las víctimas del terrorismo de Estado
Fuentes de la cartera de Justicia solo confirmaron a TN que “si hay un reconocimiento judicial firme no se puede dejar de incumplir con la decisión hasta que no se advierta una irregularidad”. El resto, son todas dudas que quedarán abiertas hasta que se publique la resolución.
Reparaciones, expedientes y auditorías
Desde que asumió el Gobierno, el presidente Javier Milei delegó en los integrantes de su gabinete la decisión de auditar todos los beneficios otorgados por gestiones anteriores, como parte de la política de hacer más eficiente el gasto público.
En ese contexto, el Ministerio de Capital Humano -a cargo de Sandra Pettovello– inició auditorías de los planes sociales, de los presupuestos educativos y de distintas prestaciones de su área. En línea con el mismo mandato, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, informó que tomará una medida similar con las reparaciones a víctimas del terrorismo de Estado y que mientras duren esas revisiones, se suspenderá el pago.
Según confirmaron a TN fuentes del Ministerio, “lo que se van a auditar son los expedientes administrativos y el respaldo documental en caso de que haya reconocimiento”, pero aclararon que “en los casos en los que no, pero haya judicialización, se va a analizar la procedencia”.
“Se detienen en un plazo de 180 días para la auditoría. Esos plazos pueden extenderse en la medida que se encuentren irregularidades o que se requiera más tiempo por la complejidad del asunto. A medida que se vayan auditando se irán liberando si corresponden los pagos”, precisaron.
La auditoría, a través del Ministerio de Justicia, la había anticipado la vicepresidenta Victoria Villarruel, en septiembre del año pasado, cuando LLA aún no había ganado las elecciones.
Leé también: El oficialismo consiguió su primer objetivo y la Ley Bases comenzará a tratarse el próximo lunes en Diputados
“El curro de los derechos humanos sigue vigente. Consiste en una cantidad impresionante de indemnizaciones a personas detenidas, desaparecidas, que se exiliaron y a niños apropiados. Hubo víctimas de estas supuestas desapariciones que fueron indemnizadas, porque hay una ley que así lo dispone”, dijo entonces.
El libro La Estafa con los desaparecidos. Mentiras y millones, de José Dangelo, “cuenta bastantes cosas de lo que venimos investigando”, recomiendan desde la cartera de Cúneo Libarona.
Cómo se definieron las reparaciones
En su informe La Experiencia Argentina de Reparación Económica de Graves Violaciones a los Derechos Humanos, María José Guembe -abogada especializada en temas de Derechos Humanos- detalló a quiénes alcanzó el beneficio, qué se reparó, cuánto se pagó y cómo se hicieron efectivos los pagos.
En el escrito, la responsable de proyecto en Museo de Sito de Memoria Esma repasó las distintas leyes de carácter reparatorio que se fueron dictando a partir de 1984.
Muchas de las normas de los primeros años de la democracia “tuvieron por objeto resolver el problema de trabajadores que habían sido expulsados o cesanteados durante la dictadura”, explicó.
Luego, se sumaron pensiones a los cónyuges, hijos, padres o hermanos incapacitados, y los hermanos menores de edad que dependían de personas desaparecidas. Equivalían a la jubilación ordinaria mínima que percibida por un trabajador retirado y a la que se sumaba la cobertura social.
Durante el Gobierno de Carlos Menem, el decreto 70/91 definió una compensación en efectivo por día de detención. La recibieron aproximadamente 227 personas. Y en 1992 se sancionó la Ley 24.043, que otorgó un beneficio a las personas detenidas antes del 10 de diciembre de 1983, por la declaración del estado de sitio, también a los civiles detenidos por decisión de tribunales militares, con o sin sentencia.
La forma de pago fue con Bocon Proveedores Serie II, que vencían a los 16 años de su emisión.
Más tarde, en 1994 se sancionó la Ley 24.411, que otorgó una reparación económica a las personas declaradas judicialmente como víctimas de desaparición forzada y a los sucesores de las asesinadas por los militares, miembros de las fuerzas de seguridad o grupos paramilitares, que completaron el proceso sucesorio. A septiembre de 1998, plazo máximo de presentación, según fuentes de la Secretaría de Derechos Humanos y Sociales, aproximadamente, 7800 tuvieron resolución favorable, indicó el informe de Guembe.
Leé también: El cementerio de la obra pública: 1700 proyectos frenados y U$S500 millones que podrían quedar en la nada
La reparación se pagó con Bonos de Consolidación de la deuda pública Nacional, es decir, a través de títulos de la deuda pública argentina. El Estado ofreció dos tipos creados en 1994, uno en pesos y otro en dólares. Ambos tenían un plazo de vencimiento de 16 años desde su emisión, es decir, 2010. Esos bonos comenzaron a pagar amortizaciones e intereses en enero de 2001 y, aunque debía completarse en 120 cuotas mensuales integradas por el capital e interés de esos títulos públicos, en diciembre del 2001 el Estado declaró la cesación de pagos de todos los títulos de la deuda pública, incluidos los entregados en forma de pago de la ley 24.411. Y en 2002, los emitidos en dólares se pesificaron.
Según datos de la Secretaria de Derechos Humanos citados por Guembe, se recibieron, hasta mediados de febrero de 2004, 8000 fueron aprobados y de esos, 7100 fueron abonados.
Luego, el 1 de diciembre de 2003 se sancionó la ley 25.814, que convalidó las presentaciones que habían sido realizadas fuera de término antes de su sanción, que eran 540 casos. “Según información proporcionada por la Secretaría de Derechos Humanos, en los días siguientes a la entrada en vigencia de la ampliación del plazo, se presentaron en promedio 20 peticiones diarias”, precisó Guembe.
En 2004 se sancionó la Ley 25.914, que incluyó en la reparación a los hijos detenidos debido a la detención o desaparición de sus padres por razones políticas, incluidos los que fueron inscriptos como hijos legítimos de otras familias, como parte de la supresión de su identidad. El pago se hizo efectivo por depósito de dinero a nombre de la persona beneficiaria. Ese mimo año, la Corte Suprema de Justicia amplió el alcance a los exiliados.
A partir de septiembre de 2022, las reparaciones comenzaron a pagarse con la serie décima de Bonos de Consolidación de la Deuda Externa, con vencimiento el 2 de mayo de 2029 y con intereses que comienzan a correr a partir de 2026.
Según datos que dio a conocer Cúneo Libarona, el Estado lleva pagadas 7996 indemnizaciones a víctimas del terrorismo de Estado, a las que se sumaron unas 14.400 compensaciones para exiliados.
Además, en 2013 se sancionó la Ley 26.913, que estableció el pago de pensiones graciables a quienes estuvieron detenidos por causas políticas, gremiales y/o estudiantiles hasta el 10 de diciembre de 1983 y se abona a través de la Anses.
Las dudas que surgieron tras la decisión del Gobierno de cortar los pagos
Diego Morales, director de Litigio y defensa legal del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), explicó que “muchas víctimas alcanzadas por las leyes de reparación debieron vender los bonos o ya los cobraron”, y planteó que “si el Estado ya pagó es imposible suspender el pago”. También remarcó que “los expedientes que se van a suspender tienen decisiones judiciales detrás”.
Otra duda es si alcanzará a las pensiones, debido a que en 2016, la Corte Suprema ordenó al Estado no cortar el pago de las pensiones a discapacitados, mientras se auditaba la documentación, recordó.
“Cada trámite de reparación o pensión requiere la presentación de mucha documentación, incluso judicial, y la declaración de desaparición forzada la da un juez. Además de que en cada expediente interviene la SIGEN”, detalló Morales.
Leé también: En medio del conflicto con las universidades, la Casa Rosada respaldó a la ministra Pettovello: “No hay nada que achacarle”
Respecto del alcance de esa documentación, recordó que mucha de la información, que fue aportada en los expedientes judiciales para los pedidos de reparaciones, fue incorporada a las causas penales, que terminaron con la detención de los acusados en los juicios de lesa humanidad.
Sin embargo, como integrante del CELS aclaró que no están en contra de las auditorías.