miércoles, 15 abril, 2026
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El Gobierno nacional flexibiliza el cepo cambiario para exportadores y empresas

A través de disposiciones del Banco Central y la CNV, se ampliaron plazos para el ingreso de divisas de exportaciones y se eliminaron restricciones para el uso de tarjetas en el exterior.

El Gobierno nacional implementó una nueva flexibilización del cepo cambiario mediante disposiciones del Banco Central y la Comisión Nacional de Valores (CNV). Estas medidas se dan en el contexto de las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI) por la segunda revisión del acuerdo vigente.

Entre los cambios más destacados, se dispuso que las personas humanas ya no estarán obligadas a liquidar en el mercado local los dólares obtenidos por exportaciones de bienes, aunque sí deberán ingresarlos al país, equiparando el tratamiento con las exportaciones de servicios. Además, se eliminó el límite de 50 dólares para la extracción de efectivo en el exterior con tarjeta de crédito.

Para las empresas, se ampliaron los plazos para el ingreso de divisas por exportaciones. En operaciones con filiales (hasta 200 millones de dólares anuales), el plazo se extendió de 60 a 180 días. Para sectores como el de indumentaria, el período pasó de 180 a 365 días, y para bienes de capital se fijó un plazo de hasta un año.

Otras medidas incluyen la habilitación para cancelar Obligaciones Negociables y deudas comerciales hasta tres días antes de su vencimiento, y la posibilidad de acceder al mercado oficial de cambios para realizar coberturas cambiarias sobre deudas en moneda extranjera.

El conjunto de disposiciones busca mejorar el funcionamiento del mercado cambiario, otorgar mayor previsibilidad a los actores económicos y avanzar gradualmente hacia una normalización en el acceso a divisas.

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