El Gobierno nacional publicó los decretos 406, 407, 408 y 409 que reglamentan la reforma laboral, con modificaciones en licencias médicas, recibos de sueldo, convenios colectivos y actividad sindical.
Reglamentación de la reforma laboral
El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación de una parte sustancial de la reforma laboral mediante los decretos 406, 407, 408 y 409 publicados en el Boletín Oficial. La normativa introduce modificaciones en materia de licencias médicas, recibos de sueldo, convenios colectivos, actividad sindical, empleo registrado e indemnizaciones.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, sostuvo que la reforma busca actualizar un sistema laboral diseñado para una realidad económica y productiva distinta a la actual. A través de sus redes sociales, explicó que varios artículos de la ley no fueron reglamentados porque, según la interpretación oficial, poseen aplicación directa y no requieren normativa complementaria.
Licencias médicas y trámites digitales
Las nuevas disposiciones habilitan la utilización de recetas médicas digitales para justificar licencias laborales, además de incorporar comunicaciones electrónicas para distintos procedimientos vinculados al empleo. La reforma también contempla mecanismos digitales para la homologación de acuerdos de desvinculación y para la gestión de trámites previsionales.
Nuevas modalidades de contratación
La reglamentación introduce modificaciones en el régimen de trabajo eventual. Entre los cambios se encuentran la simplificación de los requisitos para la inscripción de empresas de servicios eventuales y la ampliación de las situaciones en las que podrán utilizarse estas modalidades de contratación. También se reglamentan beneficios no remunerativos vinculados a transporte y comedor.
Cambios en los convenios colectivos
El Gobierno sostiene que numerosos convenios vigentes contienen cláusulas desactualizadas respecto de las nuevas dinámicas laborales y productivas. La reglamentación redefine quiénes pueden intervenir en las negociaciones colectivas y amplía la representación empresarial.
Fin de aportes obligatorios y revisión de convenios vencidos
La normativa establece que ciertos aportes compulsivos a cámaras empresarias dejarán de ser exigibles y fija límites para descuentos y contribuciones sindicales. También prevé mecanismos para impulsar la renegociación de convenios que se encuentren vencidos.
Apertura del sistema sindical
Según explicó el Gobierno, se facilitará la creación de sindicatos de empresa o de grupos de empresas, estableciendo procedimientos para acreditar representatividad y disputar la personería gremial.
Nuevas reglas para la actividad gremial
La reglamentación establece criterios para los procesos de cambio de personería gremial y fija límites al uso de horas sindicales. Desde el Ejecutivo argumentan que estas disposiciones apuntan a compatibilizar el ejercicio de la representación gremial con la continuidad de las actividades productivas.
Construcción: registro digital y menos trámites
En el sector de la construcción se dispuso la eliminación de la intervención del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción en los procesos de altas y bajas laborales. La registración quedará centralizada en ARCA, mediante un esquema digital unificado.
