El diputado Daniel Peralta presentó una iniciativa para blindar jurídicamente a SPSE, Distrigas y Canal 9, declarándolas Patrimonio Estratégico, Vital e Inalienable.
El diputado Daniel Peralta presentó un proyecto de ley que busca establecer un blindaje jurídico para proteger a las principales empresas de servicios públicos y de medios de la provincia de Santa Cruz contra posibles intentos de privatización del gobierno provincial. El proyecto declara como “Patrimonio Estratégico, Vital e Inalienable” a Servicios Públicos Sociedad del Estado (SPSE), Distrigas S.A. y LU85 TV Canal 9.
Estas entidades son garantes del acceso al agua, la energía, la calefacción y la soberanía informativa, respectivamente. El proyecto obliga al Estado Provincial a mantener de forma permanente el 100% del capital y el control operativo de SPSE y de Canal 9. En el caso de Distrigas S.A., el Estado debe conservar el paquete accionario mayoritario y el control de las decisiones.
Cualquier iniciativa legislativa que intente privatizar, concesionar o desguazar a SPSE o Canal 9 requerirá obligatoriamente el voto afirmativo de las dos terceras partes (2/3) de la totalidad de la Cámara de Diputados. Se prohíbe expresamente a los representantes del Poder Ejecutivo en la Asamblea de Accionistas de Distrigas S.A. votar a favor de la venta, cesión o liquidación de la empresa sin contar previamente con la autorización de los dos tercios de la Cámara de Diputados. Cualquier acto contrario será considerado de nulidad absoluta.
El proyecto establece como requisito procedimental ineludible la convocatoria a una Audiencia Pública Provincial antes de tratar cualquier iniciativa de privatización. Esta audiencia debe garantizar la participación de usuarios, gremios y vecinales; su simple omisión acarreará la nulidad absoluta de todo lo actuado.
En la parte argumentativa, el texto del proyecto se aleja de una visión puramente contable del Estado y basa su defensa en otros ejes centrales. Peralta argumenta que, debido a la inmensidad del territorio santacruceño y a su clima extremo, servicios como el agua, la luz y el gas no pueden regirse por las reglas de oferta, demanda o rentabilidad comercial. Entregar estos servicios al capital privado condenaría a las localidades y parajes del interior profundo al desabastecimiento y aislamiento.
Por ende, SPSE y Distrigas son consideradas herramientas del Estado para garantizar derechos humanos básicos (vida, salud y hábitat). LU85 TV Canal 9 es defendido como la única herramienta para evitar depender del “centralismo porteño” en un contexto de concentración mediática, asegurando que la cultura local y las comunicaciones de emergencia lleguen a toda la provincia.
Desde una perspectiva jurídica, el proyecto invoca el “Principio de No Regresión en materia de derechos humanos y ambientales” para justificar el requisito de los dos tercios. Al elevar el estándar de protección, se evita que mayorías políticas circunstanciales puedan enajenar el patrimonio público, exigiendo un consenso social casi unánime para cualquier retroceso.
Finalmente, para sortear el hecho de que Distrigas S.A. se rige por la Ley General de Sociedades nacional, el diputado Peralta utiliza el Derecho Administrativo provincial para prohibir a los propios funcionarios del Estado votar por la venta de la empresa sin aval legislativo. Además, se instituye la Audiencia Pública vinculante como un arma jurídica de acción directa para la sociedad civil, cerrando la puerta a privatizaciones encubiertas.
Fuente: Agencia OPI Santa Cruz
